Algunas claves sobre el retiro de fondos de pensiones

Tras la promulgación de la ley para retiro del 10% de los fondos de las AFP éstas han tenido que correr para prepararse para el trámite explosivo que se espera, se levantó la pagina www.mi10afp.cl con el fin de facilitar el trámite con la aclaración de las principales dudas y los pasos claves que se deben seguir.

1.- Podrás hacer tu solicitud para retirar el 10% a partir del jueves 30 de julio. En un plazo de 10 días hábiles, recibirás tu primer pago por el 50% del monto solicitado, 30 días hábiles después recibirás el segundo pago por el 50% restante.

2.- Podrás solicitar tu retiro solo con tu RUT y número de documento (o serie). No necesitarás la clave de acceso a la AFP. El proceso es 100% gratuito para el afiliado.

3.- Las AFP entregarán información individual a sus afiliados sobre el monto máximo de retiro en cuotas y su valor referencial en pesos.

4.-La AFP nunca te pedirá tus claves y tampoco te contactará por redes sociales pidiendo documentos para acceder al retiro de tus fondos, y es un trámite que no requiere de intermediarios. Tu clave y cédula de identidad es información personal y confidencial, ten cuidado para no caer en estafas que están circulando. 

¿Quiénes pueden solicitar el retiro de su 10%?

Todas las personas que tengan saldo en su cuenta de capitalización individual pueden acceder al retiro. Esto incluye a los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia.

Además, este es un retiro universal, es decir, que todos los afiliados en las AFP, sin exclusión, pueden optar a esta alternativa. Esto considera a los trabajadores, tanto del sector público como del privado y tanto a los chilenos como extranjeros.

¿Todos los pensionados pueden acceder al retiro del 10%?

Pueden retirar fondos los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia que reciban su pensión bajo las modalidades de Renta Temporal o Retiro Programado, luego del retiro su pensión será recalculada considerando el menor saldo. Las personas que además de ser afiliadas, sean beneficiarios de una pensión de sobrevivencia podrán retirar el 10% del fondo de su cuenta individual para la pensión y además, podrán solicitar el 10% del capital necesario para financiar su pensión de sobrevivencia si así lo desean.

El retiro de fondos es efectivo solo para pensionados que tengan sus ahorros previsionales en una AFP, es decir, quienes reciban una Renta Vitalicia de una Compañía de Seguros no pueden optar a esta solicitud, a menos que luego de su jubilación sigan cotizando en una AFP y mantengan fondos en su cuenta.

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